Contrato de encargo de tratamiento

Última actualización: agosto de 2026

Este contrato regula el tratamiento de datos personales que ZimaWork (encargado) realiza por cuenta de la empresa cliente (responsable), conforme al artículo 28 del RGPD.

Objeto y duración

El encargado trata, por cuenta del responsable, los datos de los empleados recogidos a través del agente, con la única finalidad de prestar el servicio de control y analítica de la actividad laboral, durante la vigencia del contrato de servicio.

Obligaciones del encargado

Tratar los datos solo siguiendo instrucciones documentadas del responsable; garantizar la confidencialidad; aplicar medidas de seguridad adecuadas; asistir al responsable en la atención de los derechos de los interesados; y suprimir o devolver los datos al finalizar la prestación.

El encargado lleva un registro de las categorías de tratamiento y solo recurre a subencargados que ofrezcan garantías suficientes, informando al responsable de cualquier cambio.

Obligaciones del responsable

Informar previamente a su plantilla de la monitorización, disponer de una base jurídica válida y respetar el principio de proporcionalidad en la configuración del servicio.

Subencargados

El responsable autoriza al encargado a recurrir a proveedores de infraestructura y almacenamiento en la Unión Europea y al proveedor del modelo de inteligencia artificial, con las garantías exigidas por el RGPD.